RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 125-2021-ALC/MPH-M, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - Disponen el cambio de titularidad de predios a favor del Estado, representados por la Municipalidad y aprueban el cambio de destino de uso de lote de terreno-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 125-2021-ALC/MPH-M

Fecha de disposición12 Julio 2021
Fecha de publicación20 Agosto 2021

Disponen el cambio de titularidad de predios a favor del Estado, representados por la Municipalidad y aprueban el cambio de destino de uso de lote de terreno

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 125-2021-ALC/MPH-M

Matucana, 12 de julio de 2021

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD

PROVINCIAL DE HUAROCHIRI-MATUCANA

VISTO:

El Acuerdo de Concejo Nº 066-2021-CM/MPH-M, de fecha 09 de julio del 2021, el Informe Nº 473-2021/SGOPP/MPH-M, de la Sub-Gerencia de Obras Públicas y Privadas, El Informe Nº 569-2021/GIDUR-MPH-M, de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural, El Informe Nº 0229-2021/GAJ-MPH-M, de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 0456-A-2021-GM/MPH-M, de fecha 08 de julio del 2021, de la Gerencia Municipal, y los actuados referidos a la ejecución del saneamiento físico legal por parte de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, respecto al área donde se ejecutará el PROYECTO DE MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD SAN JUAN DE IRIS, predio ubicado en el Centro Poblado San Juan de Iris, Provincia de Huarochirí, donde por estrategia legal la Municipalidad Provincial, asumirá la titularidad registral sobre la totalidad del área, llevará a cabo el Cambio de Destino de Uso de un predio inscrito a favor del Estado y ejecutará la Acumulación de predios ya inscritas ante SUNARP, específicamente predios ubicados en el Centro Poblado San Juan de Iris, cuyas áreas ya se encuentran inscritas a nombre de la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales-SBN y otro representado por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI; Asimismo, se pretende lograr la acumulación de las áreas de los 02 predios mencionados anteriormente con otro predio inscrito a favor del Centro de Salud de San Juan de Iris; y finalmente DESTINAR el Uso de todo el predio acumulado a favor del Estado, representado por el Ministerio de Salud, e inscribirlo en los Registros Públicos-SUNARP; y posteriormente actualizarlo ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el art. 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por el artículo único de la Ley Nº 28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local, tienen autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;

Que, el artículo 38º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, refiere; el ordenamiento jurídico de las municipalidades está constituido por las normas emitidas por los órganos de gobierno y administración municipal, de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional. Las normas y disposiciones municipales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del derecho administrativo. Es...

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