DECRETO SUPREMO, Nº 210-2021-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021-DECRETO SUPREMO-Nº 210-2021-EF

Fecha de publicación20 Agosto 2021
Fecha de disposición20 Agosto 2021

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021

decreto supremo

Nº 210-2021-ef

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Educación (MINEDU) para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional en el presupuesto del Año Fiscal 2021 a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de S/ 410 514 950,00 (CUATROCIENTOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA y 00/100 Soles) mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los Gobiernos Regionales;

Que, asimismo, el numeral 41.2 del artículo 41 de la citada Ley establece que el financiamiento al que se hace referencia en el numeral 41.1 se efectúa progresivamente y en etapas hasta el 20 de agosto de 2021; cada transferencia se efectúa en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales y de la ejecución de la última transferencia efectuada para las mencionadas intervenciones, salvo la primera transferencia que se realiza sobre los recursos asignados en el presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales y/o su ejecución, y conforme a las condiciones o disposiciones complementarias para la transferencia y ejecución de los recursos que apruebe el MINEDU, en el marco de la normatividad de la materia;

Que, el numeral 41.5 del artículo 41 de la Ley N° 31084, establece que el MINEDU puede realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales con cargo a los recursos señalados en el numeral 41.1 y lo dispuesto en el numeral 41.2, para la implementación de intervenciones y/o acciones pedagógicas vinculadas a la nivelación de aprendizajes, deserción escolar y servicio educativo no presencial o remoto;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 043-2021-MINEDU, actualizada por Resolución Ministerial N° 159-2021-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales y Lima Metropolitana para el Año Fiscal 2021”, que contiene la intervención pedagógica denominada “Programa de Fortalecimiento de Competencias de los docentes usuarios de dispositivos electrónicos portátiles”;

Que, el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Pliegos que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el Pliego habilitado cuente con productos del mismo programa o, en caso no cuente con los mismos productos, cuente con el mismo Programa Presupuestal Orientado a Resultados; las mismas...

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