ORDENANZA, Nº 425-2021/ML, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LURIN - Aprueban Ordenanza que establece beneficios tributarios para el pago al contado del Impuesto Predial y descuento de Arbitrios Municipales a contribuyentes de la municipalidad-ORDENANZA-Nº 425-2021/ML

Fecha de publicación18 Agosto 2021
Fecha de disposición12 Agosto 2021

Aprueban Ordenanza que establece beneficios tributarios para el pago al contado del Impuesto Predial y descuento de Arbitrios Municipales a contribuyentes de la municipalidad

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 425-2021/ML

Lurín, 12 de agosto del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LURÍN

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LURÍN

VISTOS:

El Acuerdo de Concejo Nº 049-2021/MDL aprobado en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de agosto de 2021, El Dictamen Nº 002-2021-CPARPP-REG/MDL, de fecha 03 de agosto de 2021, de la Comisión Permanente de Administración, Rentas, Planeamiento y Presupuesto de Regidores de la Municipalidad Distrital de Lurín; Informe Nº 1168-2021-SGRR-GR/ML de fecha 15 de julio de 2021, emitido por la Subgerencia de Registro y Recaudación; Memorando Nº 0898-2021-GR/ML de fecha 21 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Rentas; Informe Nº 226-2021-GAJ/ML de fecha 23 de julio de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorando Nº 460-2021-GM/ML de fecha 23 de julio de 2021, emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Locales, establece que las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que según lo dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el primer párrafo del artículo 39, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos;

Que, el artículo 40 de la norma precitada, indica que “Las ordenanzas municipales provinciales y distritales, en materia de competencia son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en la que la municipalidad tiene competencia normativa”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2021-SA, se prorrogó a partir del 7 de marzo de 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, la misma que fue prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA y Nº 031-2020-SA, generando con dicha disposición efectos en la economía de nuestro país y a nivel distrital;

Que, atendiendo a las disposiciones precitadas, y en el marco de las competencias inherentes a las municipalidades distritales, previstas por la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establecieron medidas extraordinarias para la contención y respuesta al rebrote del virus (COVID-19) en el distrito de Lurín; por lo que resulta necesario que la actual gestión brinde mayores facilidades y beneficios con carácter general a sus vecinos lurinenses para el cumplimiento de sus obligaciones, respecto a los tributos y otros obligaciones con la Municipalidad;

Que, es política de la actual gestión brindar a sus contribuyentes mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, siendo necesario incentivar a los contribuyentes la regularización voluntaria de sus obligaciones administrativas y tributarias, la misma que se dará mediante el otorgamiento de beneficios de amnistía de sus deudas a fin de lograr la eficiencia en la recaudación tributaria en el Distrito de Lurín, deviniendo en justificado conceder beneficios tributarios y no tributarios, ya que las mismas permitirán el...

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