RESOLUCION ADMINISTRATIVA, N° 000249-2021-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Establecen diversas precisiones, respecto a la aplicación de la Resolución Administrativa N° 000240-2021-CE-PJ-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-N° 000249-2021-CE-PJ

Fecha de disposición14 Agosto 2021
Fecha de publicación17 Agosto 2021
SecciónSección Única

Establecen diversas precisiones, respecto a la aplicación de la Resolución Administrativa N° 000240-2021-CE-PJ

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000249-2021-CE-PJ

Lima, 14 de agosto del 2021

VISTO:

El Oficio Nº 000027-2021-JAV-PCSST-CE-PH cursado por el señor Consejero Javier Arévalo Vela, Presidente del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario, dictándose medidas de prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID-19, la cual fue prorrogada sucesivamente por los Decretos Supremos Nros. 020-2020-SA, 027-2020-SA y 031-2020-SA; extendiéndose a partir del 7 de marzo de 2021 por ciento ochenta días calendario por disposición del Decreto Supremo 009-2021-SA.

Segundo. Que, en coherencia con la regulación establecida por el Ministerio de Salud en las disposiciones mencionadas, mediante Resolución Administrativa Nº 000240-2021-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de agosto de 2021 la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nº 051 y Nº 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa Nº 000146-2020-CE-PJ. Asimismo, se estableció el horario de trabajo presencial y remoto de jueces, juezas y personal auxiliar; y se dictaron diversas medidas administrativas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos durante dicho periodo.

Tercero. Que, al respecto, el señor Consejero Javier Arévalo Vela hace de conocimiento de este Órgano de Gobierno que el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Poder Judicial, efectuó la siguiente consulta a la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial:

¿El Poder Judicial puede considerar el retorno y/o reincorporación a labores presenciales o mixtas, de servidores considerados en grupos de riesgo y...

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