LEY, N° 31342, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que establece la condición militar de los oficiales profesionales de reserva de las Fuerzas Armadas-LEY-N° 31342
Fecha de disposición | 13 Agosto 2021 |
Fecha de publicación | 13 Agosto 2021 |
LEY Nº 31342
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE LA CONDICIÓN
MILITAR DE LOS OFICIALES PROFESIONALES
DE RESERVA DE LAS FUERZAS ARMADAS
La presente ley tiene por objeto establecer la condición militar de los oficiales profesionales de reserva de las Fuerzas Armadas, su ámbito de aplicación y vinculación, los criterios rectores de clasificación, categoría y grado, con la finalidad de fortalecer la vinculación de la población con las Fuerzas Armadas en la defensa nacional y el desarrollo del país, y la captación del oficial de reserva.
La presente ley se aplica a todas las personas egresadas del Curso de Formación de Oficiales de Reserva, que implementen las instituciones de las Fuerzas Armadas.
La reserva es el recurso humano que no se encuentra en el servicio activo y que las instituciones de las Fuerzas Armadas requieren para completar, mantener e incrementar su organización, en caso de movilización nacional, así como contribuir a la defensa nacional y protección de los intereses nacionales.
El oficial profesional de reserva está vinculado a las Fuerzas Armadas de modo libre y voluntario, desarrolla sus actividades ad honorem y pueden completar cuadros de manera temporal de acuerdo a las necesidades de los institutos armados.
Implica el acatamiento de los deberes y obligaciones consignados en las normas que regulan la organización y funcionamiento de las Fuerzas Armadas.
La finalidad de la captación del oficial profesional de reserva es:
-
Contar con profesionales en especialidades que las instituciones de las Fuerzas Armadas requieran en situaciones de llamamiento, movilización y convocatorias.
-
Establecer el fortalecimiento y conservación de la integración de la población con las instituciones de las Fuerzas Armadas, a fin de lograr la proyección de una imagen positiva y constituirse en un factor multiplicador para la difusión de la doctrina de las instituciones de las Fuerzas Armadas en su misión de la defensa nacional y el desarrollo del país.
La persona que egresa del Curso de Formación de Oficiales Profesionales de Reserva de las instituciones de las Fuerzas Armadas es considerada como oficial profesional de reserva, rigiéndose por la presente ley e integrando la reserva orgánica, acorde con el título universitario que ostente; únicamente para fines de movilización militar, de conformidad con la Ley 31061, Ley de Movilización para la Defensa Nacional y el Orden Interno, y para periodos de instrucción, entrenamiento y actualización.
El servicio en la reserva se cumple en las instituciones de las Fuerzas Armadas, mediante la concurrencia obligatoria a los llamamientos con fines de instrucción y entrenamiento; asimismo, en los casos de movilización nacional para afrontar situaciones de emergencia ocasionadas por conflictos o desastres que atenten contra la seguridad y defensa nacional.
Los oficiales profesionales de reserva permanecen en esta condición hasta que el interesado manifieste su voluntad de retirarse o cuando fallezca por causa natural, enfermedad u otro motivo o por decisión de la institución de las Fuerzas Armadas a la que pertenecen.
PERSONAL EGRESADO DEL CURSO DE FORMACIÓN DE OFICIALES PROFESIONALES DE RESERVA DE LAS FUERZAS ARMADAS Artículos 8 a 14
Los egresados del Curso de Formación de Oficiales de Reserva de las Fuerzas Armadas son ciudadanos peruanos que, en forma voluntaria y cumpliendo los requisitos previstos en la presente ley y reglamento, ad honorem y sin guardar relación laboral con los institutos armados, se vinculan a las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con las necesidades y los requerimientos de las instituciones de las Fuerzas Armadas, previa autorización del Ministerio de Defensa, cada institución de las Fuerzas Armadas programa el Curso de Formación de Oficiales Profesionales de Reserva, determinando las vacantes de...
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