RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 075-2021/APCI-DE, ORGANISMOS EJECUTORES, AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL - Aprueban el “Cuadro General de Términos de la Distancia para Notificaciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 075-2021/APCI-DE

Fecha de disposición05 Agosto 2021
Fecha de publicación08 Agosto 2021

Aprueban el “Cuadro General de Términos de la Distancia para Notificaciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA

Nº 075-2021/APCI-DE

Miraflores, 5 de agosto de 2021

VISTOS:

El Informe Nº 0267-2021-APCI/OGA-UAS del 2 de agosto de 2021 de la Unidad de Adquisiciones y Servicios Generales; el Memorándum N° 0425-2021-APCI/OGA del 2 de agosto de 2021 de la Oficina General de Administración y el Informe N° 0147-2021-APCI/OAJ del 04 de agosto de 2021 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus normas modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y, goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;

Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, tiene por finalidad establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general...

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