DECRETO DE ALCALDIA, Nº 005-2021/MDL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA - Precisan las competencias de la Gerencia de Desarrollo Económico Local y de la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial para efectos de la aplicación de los Artículos 9°, 10° y 11° de la Ordenanza Nº 169-2012-MDL-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 005-2021/MDL

Fecha de publicación04 Agosto 2021
Fecha de disposición04 Agosto 2021

Precisan las competencias de la Gerencia de Desarrollo Económico Local y de la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial para efectos de la aplicación de los Artículos 9°, 10° y 11° de la Ordenanza Nº 169-2012-MDL

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 005-2021/MDL

Lurigancho, 14 de junio de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LURIGANCHO

VISTO:

El Informe N° 77-2021-MDL/SGTySV la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial y el Informe Nº 283-2021/MDL-GAJ y;

CONSIDERANDO

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley N° 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo mismo que señala el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, mediante Informe N° 77-2021-MDL/SGTySV la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial indica: según la Ordenanza 159-2011-MDLCH que aprueba el TUPA de la entidad, la Sub Gerencia de Transporte y Seguridad Vial es competente para resolver los procedimientos de Permiso de Operación y de Renovación de Permiso de Operación; por su parte, según el Art. 9° la Ordenanza 169-2012-MDL el Permiso de Operación se aprueba mediante resolución de la Gerencia de Desarrollo Económico Local por lo que, tratándose de dos ordenanzas que facultan a dos órganos distintos para un mismo procedimiento, es necesario establecer la competencia para para emitir las resoluciones referidas a dichos procedimientos.

Que, se trata de un caso de antinomia en el que dos normas pertenecientes a un mismo ordenamiento jurídico con igual ámbito de validez, son incompatibles entre sí; por lo que lo que corresponde es dilucidar dicha antinomia para cuyo efecto, existen criterios para resolverla. Los criterios universalmente reconocidos, de acuerdo con la doctrina jurìdica son tres: a) el jerárquico; b) el...

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