RESOLUCION MINISTERIAL, N° 133-2021-TR, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Autorizan transferencia financiera a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud, a efectos de financiar las contraprestaciones a personal asistencial-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 133-2021-TR

Fecha de publicación27 Julio 2021
Fecha de disposición27 Julio 2021

Autorizan transferencia financiera a favor del Seguro Social de Salud - EsSalud, a efectos de financiar las contraprestaciones a personal asistencial

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 133-2021-TR

Lima, 27 de julio del 2021

VISTOS: El Oficio N° 700-SG-ESSALUD-2021 de la Secretaría General del Seguro Social de Salud - EsSalud; el Memorando N° 0415-2021-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 0637-2021-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 0688-2021-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante Resolución Ministerial N° 308-2020-TR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo correspondiente al Año Fiscal 2021, por un monto de S/ 292 661 956.00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) por toda fuente de financiamiento;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 073-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para garantizar la capacidad de respuesta del Seguro Social de Salud ante la emergencia sanitaria por la COVID-19, autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por el monto de S/ 47 207 618.00 (CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para luego ser transferidos a favor del Seguro Social de Salud – EsSalud, a efectos de financiar las contraprestaciones al personal asistencial contratado bajo el Régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el marco de lo establecido en el numeral 27.2 del artículo 27 del Decreto de Urgencia N° 029-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias destinadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción...

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