DECRETO SUPREMO, N° 020-2021-MINAM, PODER EJECUTIVO, AMBIENTE - Decreto Supremo que aprueba el Plan de Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP) para el periodo 2021-2023-DECRETO SUPREMO-N° 020-2021-MINAM
Fecha de disposición | 24 Julio 2021 |
Fecha de publicación | 24 Julio 2021 |
Decreto Supremo que aprueba el Plan de Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP) para el periodo 2021-2023
Decreto Supremo
Nº 020-2021-MINAM
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en adelante la Ley, señala que el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica, entre otros, las normas que sean necesarias para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en la citada Ley;
Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley define al Estándar de Calidad Ambiental (ECA) como la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo, en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente; según el parámetro en particular a que se refiera, la concentración o grado podrá ser expresada en máximos, mínimos o rangos;
Que, el numeral 32.1 del artículo 32 de la Ley define al Límite Máximo Permisible (LMP) como la medida de la concentración o grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, que caracterizan a un efluente o una emisión, que al ser excedida causa o puede causar daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente;
Que, de acuerdo con el literal d) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización, y Funciones del Ministerio del Ambiente, este ministerio tiene como función específica elaborar los ECA y LMP, de acuerdo con los planes respectivos;
Que, según lo dispuesto por el literal c) del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente, a través del Viceministerio de Gestión Ambiental, elabora el Plan de Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP) respectivos, que deben contar con la opinión del sector correspondiente y ser aprobados por decreto supremo;
Que, en este contexto, el Ministerio del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba