RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 00207-2021-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Disponen medidas para el impulso de la reactivación económica de las MYPE del sector restaurantes y afines afectados por el Estado de Emergencia Nacional a consecuencia de la COVID-19, denominada Estrategia Sectorial para la promoción e implementación de Terrazas Gastronómicas-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 00207-2021-PRODUCE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición22 de Julio de 2021

Disponen medidas para el impulso de la reactivación económica de las MYPE del sector restaurantes y afines afectados por el Estado de Emergencia Nacional a consecuencia de la COVID-19, denominada Estrategia Sectorial para la promoción e implementación de Terrazas Gastronómicas

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00207-2021-PRODUCE

Lima, 22 de julio de 2021

VISTOS: El Memorando N° 000000296-2021-PRODUCE/TU-EMPRESA y el Informe N° 00000140-2021-PRODUCE/TU-EMPRESA-UGO e Informe N° 00000025-2021-PRODUCE/TUEMPRESA-UGEER del Programa Nacional Tu Empresa; el Memorando N° 00000839-2021-PRODUCE/DGDE e Informe N° 00000026-2021-ADE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando N° 00000917-2021-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando N° 00000802-2021-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 00000561-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley de impulso al desarrollo productivo y al crecimiento empresarial, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE, el Estado promueve un entorno favorable para la creación, formalización, desarrollo y competitividad de la MYPE y el apoyo a los nuevos emprendimientos, a través de los Gobiernos Nacional, Regionales y Locales;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado con el Decreto Legislativo N° 1047, el Ministerio de la Producción es competente en materia de micro y pequeña empresa y comercio interno, entre otras materias; asimismo, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.4 del artículo 6 de la citada Ley tiene entre sus funciones específicas de competencia compartida promover programas, proyectos y/o acciones para la promoción de la industria y el comercio interno en el ámbito nacional y/o macroregional;

Que, el numeral 3.2 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria, dispone que el Ministerio de la Producción es competente de manera compartida con los gobiernos regionales y gobiernos locales, en materia de promoción de la industria y comercio interno en el ámbito de su jurisdicción, micro y pequeña empresa y cooperativas, entre otras materias;

Que, de conformidad con el literal e) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria tiene la función de proponer o aprobar medidas para promover el comercio interno y las inversiones vinculadas al mismo, simplificando las cadenas de comercialización; así como orientar y facilitar la organización del comercio interno en cadenas...

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