RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000216-2021-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Aprueban el “Reglamento del Registro Especial Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Poder Judicial - RENIT”-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000216-2021-CE-PJ

Fecha de disposición13 Julio 2021
Fecha de publicación20 Julio 2021
SecciónSección Única

Aprueban el “Reglamento del Registro Especial Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Poder Judicial - RENIT”

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000216-2021-CE-PJ

Lima, 13 de julio del 2021

VISTO:

El Oficio Nº 000823-2021-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el artículo , numeral 19, de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural, reconociendo el Estado dicha pluralidad; asimismo, el artículo 17º dispone que es su obligación preservar las manifestaciones culturales y lingüísticas del país.

Segundo. Que, este reconocimiento constitucional debe concordarse con lo dispuesto por el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, ratificado por el Estado peruano en 1993, cuyo artículo 12º establece que debe garantizarse que sus miembros comprendan y se hagan comprender en procedimientos legales, facilitándoles, si fuere necesario, intérpretes u otros medios eficaces.

Tercero. Que, el artículo 4º de la Ley Nº 29735 Ley que regula el uso, preservación, desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas originarias del Perú, señala, entre otros, los derechos de toda persona a ser atendida en su lengua materna en los organismos e instancias estatales, y a gozar y disponer de los medios de traducción que garanticen el ejercicio de sus derechos, sirviendo a tal efecto la información del Mapa Etnolingüístico del Perú, cuya actualización fue aprobada mediante Decreto Supremo Nº 009-2021-MC, dando cuenta que en el país hay 48 lenguas indígenas u originarias vigentes.

Cuarto. Que, asimismo, el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, estipula que cuando el idioma del justiciable sea distinto al castellano, las...

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