DECRETO SUPREMO, N° 134-2021-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Decreto Supremo que establece disposiciones sobre el régimen del Aporte por Regulación del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones-DECRETO SUPREMO-N° 134-2021-PCM

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición18 de Julio de 2021

Decreto Supremo que establece disposiciones sobre el régimen del Aporte por Regulación del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones

decreto supremo

Nº 134-2021-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 10 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, concordante con el artículo 1 de la misma norma, establece que los Organismos Reguladores, entre los que se encuentra el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, recaudarán de las empresas y entidades bajo su ámbito, un aporte por regulación, el cual no podrá exceder del 1% (uno por ciento) del valor de la facturación anual, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal; disponiéndose que dicho aporte será fijado, en cada caso, mediante Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, conforme a lo establecido por el artículo 6 de la Ley N° 26285, Ley que dispone la desmonopolización progresiva de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones de Telefonía Fija Local y de Servicios de Portadores de Larga Distancia, el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) es un organismo público con personería jurídica de derecho público interno, que tiene autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 103-2003-PCM, se fija la alícuota del aporte por regulación del OSIPTEL, en el equivalente al 0,5% de la base de cálculo señalada en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 012-2002-PCM; valor que se ha mantenido invariable a lo largo de los años;

Que, el sector telecomunicaciones ha experimentado un desarrollo constante y significativo en las últimas décadas, impulsado por un mayor dinamismo de la oferta de servicios de voz, datos y contenidos audiovisuales, así como por un mayor acceso, disponibilidad y consumo de dichos servicios por parte de los usuarios; lo cual ha demandado que el OSIPTEL diversifique e intensifique sus actividades como regulador de las...

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