DECRETO SUPREMO, Nº 181-2021-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Modifican los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental y dictan otra disposición-DECRETO SUPREMO-Nº 181-2021-EF

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición17 de Julio de 2021

Modifican los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental y dictan otra disposición

DECRETO SUPREMO

Nº 181-2021-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 431-2020-EF se establecen los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para el Año Fiscal 2021, que se destinen al financiamiento del gasto corriente, entre otros, en los pliegos del Gobierno Nacional, en el marco de lo establecido en los numerales 50.1 y 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, el numeral 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, señala que los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, pueden modificarse mediante decreto supremo, previa evaluación del cumplimiento de las reglas fiscales;

Que, la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, dispone, excepcionalmente, que los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos a los que se refiere el numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440, para el presente año, son establecidos y se modifican conforme a lo dispuesto en los numerales 50.1 y 50.2 del mencionado artículo 50, salvo en lo referido a la consistencia y previa evaluación del cumplimiento de las reglas fiscales; asimismo, dispone que para el Año Fiscal 2021, dichos límites se establecen y modifican en consistencia con la proyección del gasto no financiero establecido en el Marco Macroeconómico Multianual que esté vigente;

Que, mediante el Oficio Nº 00262-2021-MINAM/DM, el Ministerio del Ambiente solicita la modificación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en gasto corriente en el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), para efectos de la implementación del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 055-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias complementarias que permitan el financiamiento de gastos para promover la dinamización de la economía y...

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