RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 862-2021/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Modifican la Directiva Administrativa N° 276 -MINSA/2019/DGAIN: “Metodología para la Estimación de Tarifas de Procedimientos Médicos o Procedimientos Sanitarios en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud”-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 862-2021/MINSA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición15 de Julio de 2021

Modifican la Directiva Administrativa N° 276-MINSA/2019/DGAIN: “Metodología para la Estimación de Tarifas de Procedimientos Médicos o Procedimientos Sanitarios en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 862-2021/MINSA

Lima, 15 de julio del 2021

Visto, los Expedientes Nº 20-108901-002 y Nº 20-108901-004, que contienen los Informes Nº 036-2021-DAS-DGAIN/MINSA, y Nº 052-2021-DAS-DGAIN/MINSA de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional; el Informe Nº 188-2020-DISAMU-DIGTEL/MINSA de la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias y el Informe Nº 796-2021-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I, II y VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, así como que es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;

Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señala como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas;

Que, el artículo 4 del precitado Decreto Legislativo Nº1161, establece que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, el artículo 4-A de...

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