RESOLUCION JEFATURAL, Nº 161-2021-INEI, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA - Autorizan la ejecución de la “Encuesta Económica Anual 2021” a nivel nacional-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 161-2021-INEI

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición12 de Julio de 2021

Autorizan la ejecución de la “Encuesta Económica Anual 2021” a nivel nacional

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 161-2021-INEI

Lima, 12 de julio de 2021

Visto el Oficio Nº 002012-2021-INEI/DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y el Informe Nº 098-2021-INEI/DNCE-DECEEE, de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI, ente rector del Sistema Estadístico Nacional, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizadas por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas oficiales a nivel regional y nacional;

Que, con Oficio Nº 002012-2021-INEI/DNCE, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática remite el Informe Nº 098-2021-INEI/DNCE-DECEEE, de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos en el que informa que, para fines de medición de la actividad económica - financiera de los sectores económicos del país, es necesario realizar a nivel nacional la Encuesta Económica Anual 2021, dirigida a una muestra representativa de empresas de los sectores siguientes: Comercio, Servicios, Educación Superior Privada, Educación Privada, Pesca, Acuicultura, Agencias de Viaje, Servicios de Hospedaje, Restaurantes, Manufactura, Construcción, Transportes y Comunicaciones, Hidrocarburos y Electricidad y Generación de Energía;

Que, la Encuesta Económica Anual 2021, permitirá obtener información económica - financiera, indispensable para la elaboración de las variables macroeconómicas e indicadores económicos - financieros por actividad económica, que contribuyan a un mejor conocimiento de la realidad económica empresarial, sectorial y nacional, además de la adopción de medidas que sirvan de base para mejorar la producción de estadísticas económicas del Sistema Estadístico Nacional;

Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas en coordinación con la Dirección Nacional de Cuentas Nacionales y los Órganos encargados de la producción estadística en los ministerios correspondientes, han llevado a cabo las actividades de planeamiento de la referida Encuesta; así como la definición y contenido de los formularios electrónicos a ser utilizados en la Encuesta Económica Anual 2021, resultando pertinente aprobar los respectivos formularios y establecer el plazo de su entrega, en armonía con lo dispuesto por los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;

Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.

SE RESUELVE:

Artículo 1

Autorizar la ejecución de la “Encuesta Económica Anual 2021” a nivel nacional, del 15 de julio al 30 de septiembre de 2021, la que estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI, Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática – ODEIs, OZEIs, Órganos de Estadística de los Gobiernos Regionales y encargados de la producción estadística en los ministerios correspondientes, los mismos que se detallan en el Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2 Aprobar el formulario web de la “Encuesta Económica Anual 2021”, con la denominación que se detalla en el Anexo Nº 02

El acceso al formulario y su devolución con la información requerida, se realizará siguiendo los procedimientos establecidos en el Anexo Nº 03, utilizando los contactos electrónicos indicados en el anexo Nº 02 que forman parte de la presente Resolución.

Artículo 3

Disponer que están obligadas a presentar la información de la Encuesta Económica Anual 2021, las empresas que desarrollaron alguna actividad económica durante el año 2020, de los sectores siguientes: Comercio, Servicios, Educación Superior Privada, Educación Privada, Pesca, Acuicultura, Agencias de Viaje, Servicios de Hospedaje, Restaurantes, Manufactura, Construcción,Transportes y Comunicaciones, Hidrocarburos y Electricidad y Generación de Energía, clasificadas en la CIIU Rev.4.

Artículo 4 Las empresas que hayan sido seleccionadas en la muestra están obligadas a registrar en el formulario web de la Encuesta Económica Anual 2021, información económica-financiera correspondiente al ejercicio económico del año 2020.

La información que proporcione la empresa, debe ser presentada...

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