ORDENANZA, Nº 006-2021-MDLP/AL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA - Aprueban el “Programa de Beneficios para arrendatarios de la Municipalidad con giro de Restaurante en el distrito en el marco de la emergencia sanitaria por el Covid-19”-ORDENANZA-Nº 006-2021-MDLP/AL

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 7 de Julio de 2021

Aprueban el “Programa de Beneficios para arrendatarios de la Municipalidad con giro de Restaurante en el distrito en el marco de la emergencia sanitaria por el Covid-19”

ORDENANZA Nº 006-2021-MDLP/AL

La Punta, 28 de junio de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LA PUNTA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en Sesión Ordinaria de fecha 28 de junio de 2021 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y;

VISTO:

El Informe Nº 033 y 047-2021-MDLP-GR de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 138-2021-MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 306-2021-MDLP/GM, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, según el artículo 74 de la Carta Magna, modificado por la Ley Nº 28390, con el que concuerda el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, las ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales, los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, o exonerar de estas, conforme a Ley. Asimismo, los numerales 8 y 9 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establecen que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas, así como crear, modificar, suprimir o exonerar entre otros, las tasas, conforme a Ley;

Que, en este orden de ideas, el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamentalmente a través de las ordenanzas, las mismas que según el artículo 40º...

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