LEY, N° 31248, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que fortalece herramientas financieras de reactivación económica de las MIPYME facilitando el acceso a crédito, generación de garantías y compras estatales para dinamizar la economía-LEY-N° 31248
Fecha de disposición | 30 Junio 2021 |
Fecha de publicación | 30 Junio 2021 |
Materia | Derecho Público y Administrativo,Financiero,Derecho Internacional |
Sección | Sección Única |
LEY Nº 31248
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE FORTALECE HERRAMIENTAS FINANCIERAS DE REACTIVACIÓN ECONÓMICA DE LAS MIPYME FACILITANDO EL ACCESO A CRÉDITO, GENERACIÓN DE GARANTÍAS Y COMPRAS ESTATALES PARA
DINAMIZAR LA ECONOMÍA
La presente ley tiene por objeto fortalecer instrumentos alternativos formales para el financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas con la finalidad de obtener mejores condiciones de financiamiento e incrementar las ventas de las empresas.
Modifícanse el numeral 24.2 del artículo 24 y el artículo 29 de la Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en los siguientes términos:
Artículo 24. Responsabilidad administrativa por infracciones
[…]
24.2 El propietario del vehículo y, en su caso, el prestador del servicio de transporte, son solidariamente responsables ante la autoridad administrativa de las infracciones vinculadas a las condiciones técnicas del vehículo, incluidas las infracciones a las normas relativas a las condiciones de operación del servicio de transporte, a la protección del ambiente y a la seguridad, según lo que establece esta Ley y los reglamentos nacionales. La regla anterior no se aplica a los propietarios que arriendan su vehículo bajo un contrato de arrendamiento financiero, siempre que hayan hecho entrega del vehículo al arrendatario
.
Artículo 29.- De la Responsabilidad Civil
La responsabilidad civil derivada de los accidentes de tránsito causados por...
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