DECRETO SUPREMO, N° 013-2021-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Decreto Supremo que crea el Programa Nacional “Compras a MYPErú”-DECRETO SUPREMO-N° 013-2021-PRODUCE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición24 de Junio de 2021

Decreto Supremo que crea el Programa Nacional “Compras a MYPErú”

DECRETO SUPREMO

N° 013-2021-PRODUCE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y modificatorias, dispone que el Ministerio de la Producción es competente, entre otras materias, en micro y pequeña empresa; asimismo, es competente, de manera compartida, con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, en materia de promoción de la industria y comercio interno;

Que, el artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Programas son creados en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; asimismo, señala que los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias, dispone que un programa es una forma de organización desconcentrada que adopta una entidad para resolver un problema, una situación crítica o implementar una política pública, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece; no tiene personería jurídica, pero puede contar con identidad organizacional para el cumplimiento de las funciones que determine su norma de creación y para la ejecución de sus procesos conforme se establezca en su Manual de Operaciones;

Que, asimismo, el numeral 17.2 del artículo 17 de los Lineamientos de Organización del Estado, dispone que el programa cuenta con ámbito de competencia para adoptar decisiones técnicas vinculadas al seguimiento y evaluación, mejora de procesos, emisión de normas técnicas, entre otras de similar naturaleza;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 056-2018-PCM se aprueba la Política General de Gobierno al 2021, en cuyo Eje N° 3: “Crecimiento económico equitativo, competitivo y sostenible”, se establece como Lineamiento Prioritario 3.4, “Fomentar la competitividad basada en las potencialidades de desarrollo económico de cada territorio, facilitando su articulación al mercado nacional e internacional, asegurando el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y del patrimonio cultural”;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 345-2018-EF, se aprueba la Política Nacional de Competitividad y Productividad, dentro de la cual se señala como Objetivo Prioritario (OP) 06: Generar las condiciones para desarrollar un ambiente de negocios productivo, haciendo referencia en el numeral 6.1,como lineamiento de política, Ambiente de negocios y competitividad, que una economía competitiva se caracteriza por tener un entorno para hacer negocios que fomente el crecimiento de la productividad de las empresas y que a su vez permita la eficiente asignación de los recursos en la economía;

Que, el Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, tiene por finalidad promover la participación de las micro y pequeñas empresas (MYPE) en las compras públicas, buscando generar condiciones que posibiliten el incremento sostenible de sus niveles de productividad, calidad, gestión comercial y formalización empresarial; y con ello su mejor acceso a los...

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