LEY, N° 31226, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que establece la organización y ejecución de acciones de promoción, vigilancia y control del servicio de salud preventiva en el primer nivel de atención en el ámbito de los gobiernos regionales-LEY-N° 31226
Emisor | Poder Legislativo |
Fecha de la disposición | 21 de Junio de 2021 |
ley Nº 31226
LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE ACCIONES DE PROMOCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL DEL SERVICIO DE SALUD PREVENTIVA EN EL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN EN EL ÁMBITO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES
La presente ley tiene como objeto establecer la organización y ejecución de acciones que permitan desarrollar plenamente la actividad preventivo-promocional en el primer nivel de atención en el ámbito de los gobiernos regionales y Lima Metropolitana.
El Ministerio de Salud es la autoridad de salud a nivel nacional y, como ente rector, tiene por finalidad la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, así como la recuperación y la rehabilitación de la salud de la población.
Los gobiernos regionales, a través de sus direcciones regionales de salud o gerencias regionales de salud, tienen a cargo las siguientes acciones:
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Formulación e implementación del rol de los actores sociales para la promoción de la salud, vigilancia y control de los servicios de salud, para la prevención de enfermedades.
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Incorporación del curso de salud preventiva (salud pública) en el plan curricular educativo sobre estilos de vida saludable para la prevención y control de enfermedades como tema transversal.
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Priorización de la investigación social que permita ejecutar programas de intervención, para promover los cambios de conductas en las familias y redireccionar el trabajo de salud comunitario.
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En coordinación y con aprobación de los gobiernos locales, se priorizarán la elaboración y ejecución de programas de inversión pública transversales o multisectoriales, a través de alianzas público-privadas, obras por impuestos, presupuesto participativo y presupuesto general, orientados a la prevención, promoción de la salud y la repotenciación de sus establecimientos de salud, especialmente a través de los programas dirigidos a los estratos sociales de bajos recursos de su jurisdicción.
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Para la promoción y ejecución de programas de vivienda, urbano y rural, canalizando los recursos públicos y privados para el mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura de los servicios de saneamiento básico, orientado a la prevención y promoción de la salud, se deberá coordinar de manera...
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