RESOLUCION, N° 0618-2021-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Dejan sin efecto credencial y convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Nasca, departamento de Ica, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022-RESOLUCION-N° 0618-2021-JNE

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición19 de Junio de 2021

Dejan sin efecto credencial y convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Nasca, departamento de Ica, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022

Resolución N° 0618-2021-JNE

Expediente N° JNE.2021076037

NASCA - ICA

VACANCIA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, quince de junio de dos mil veintiuno.

VISTO: el Oficio N° 201-2021-AMPN, recibido el 28 de mayo de 2021, mediante el cual don Julio Óscar Elías Lucana, alcalde de la Municipalidad Provincial de Nasca, departamento de Ica (en adelante, señor alcalde), solicita dar trámite a la vacancia de doña María Luisa Fuentes Consiglieri, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora), por la causa de muerte prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

PRIMERO. ANTECEDENTES

1.1. Por medio del Oficio N° 201-2021-AMPN, el señor alcalde remitió a esta sede electoral los actuados del expediente administrativo sobre declaratoria de vacancia, tramitado en razón del fallecimiento de la señora regidora, con el propósito, debe entenderse, de que este órgano colegiado convoque y acredite a la autoridad que corresponde, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la LOM.

1.2. Dicho pedido se sustenta en el Acuerdo de Concejo N° 005-2021-MPN, del 19 de mayo de 2021, mediante el cual el Concejo Provincial de Nasca declaró la vacancia de la señora regidora. Además, se acompaña el Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y el comprobante de pago por derecho de trámite, cuya suma es de S/ 370.00.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 4 del artículo 178 determina, como atribución del Jurado Nacional de Elecciones, la administración de justicia en materia electoral.

En la LOM

1.2. De acuerdo con lo establecido en el numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

1.3. El numeral 1 del artículo 22 determina que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en caso de muerte.

1.4. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, señala lo siguiente:

En...

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