RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000167-2021-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales permanentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash y Piura, y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000167-2021-CE-PJ

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición10 de Junio de 2021

Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales permanentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash y Piura, y dictan diversas disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000167-2021-CE-PJ

Lima, 10 de junio del 2021

VISTO:

El Oficio Nº 458-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe Nº 036-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 323-2020-CE-PJ, se dispuso que a partir del 1 de diciembre de 2020 hasta el 31 de mayo de 2021, el Juzgado Mixto y Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Macusani, Provincia de Carabaya, Corte Superior de Justicia de Puno, efectúen labor de itinerancia hacia el Distrito de Crucero, de la misma provincia.

Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 014-2021-CE-PJ, se prorrogó a partir del 1 de febrero hasta el 31 de mayo de 2021, la itinerancia de los siguientes órganos jurisdiccionales: Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Querobamba, Provincia de Sucre, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, hacia el Distrito de Chipao, Provincia de Lucanas, de la misma Corte Superior; del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago de Chocorvos, Provincia de Huaytará, Corte Superior de Justicia de Ica, hacia el Distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de Chincha, de la misma Corte Superior; y del Juzgado Mixto del Distrito de Omate, Provincia General Sánchez Cerro, Corte Superior de Justicia de Moquegua, hacia el Distrito de Ichuña, de la misma provincia y Corte Superior.

Tercero. Que, por Resolución Administrativa Nº 053-2021-CE-PJ, se prorrogó a partir del 1 de marzo hasta el 31 de mayo de 2021, la permanencia del 3º Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, cuya sede de origen es el Distrito de Chacas, Provincia de Asunción, de la misma Corte Superior; asimismo, prorrogó durante el mismo periodo la permanencia del 7º Juzgado de Paz Letrado de Familia del Distrito y Provincia de Piura, Corte Superior del mismo nombre, cuya sede de origen es el Distrito de Castilla, de la misma provincia y Corte Superior.

Cuarto. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el Informe Nº 036-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ, a través del cual informó lo siguiente:

  1. El 3º Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, al mes de marzo de 2021 presentó un avance de meta del 17%, inferior al ideal del 25%; sin embargo, debido a la considerable carga pendiente de 1,647 expedientes del 1º y 2º Juzgados de Paz Letrado de Huaraz, es conveniente ampliar el funcionamiento del 3º Juzgado de Paz Letrado de Huaraz por un periodo de dos meses, a fin de apoyar a sus homólogos, y que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaraz adopte las acciones pertinentes para elevar el bajo nivel resolutivo de este último juzgado.

    Por otro lado, el 1º y 2º Juzgados de Paz Letrados del Distrito de Huaraz resolvieron al mes de marzo...

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