RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 759-2021/MINSA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Autorizan Transferencias Financieras a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), a fin de adquirir medicamentos para intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 759-2021/MINSA
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 14 de Junio de 2021 |
Autorizan Transferencias Financieras a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), a fin de adquirir medicamentos para intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 759-2021/MINSA
Lima, 14 de junio del 2021
Visto, el Expediente Nº 21-025094-001, que contiene los Memorandos Nos. 1277 y 1278-2021-DG-CENARES/MINSA y las Notas Informativas Nos. 084 y 085-2021-EPP-CENARES/MINSA emitidos por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, el Proveído Nº 0590-2021-OGPPM-OP/MINSA recaído en el Informe Nº 471-2021-OGPPM-OP/MINSA emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Nota Informativa Nº 557-2021-OGAJ/MINSA emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1075-2020/MINSA de fecha 28 de diciembre de 2020, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 011: Ministerio de Salud;
Que, el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza, durante el Año Fiscal 2021, al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (EsSalud), para efectuar adquisiciones a través de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), y del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas (UNFPA), de productos farmacéuticos, vacunas, dispositivos médicos, productos sanitarios y otros bienes necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud y EsSalud a través de resolución del titular de la entidad. Para dicho efecto, los titulares de las entidades suscriben convenios de cooperación técnica u otros de naturaleza análoga, incluidas sus adendas, con los citados organismos internacionales, previo informe técnico del Ministerio de Salud y EsSalud, según corresponda, que demuestre las ventajas del convenio en términos de eficiencia económica, así como las garantías de una entrega oportuna. Dicho informe debe contar con el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga sus veces, el cual demuestre la disponibilidad de recursos para su financiamiento, así como, con un informe legal de la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces;
Que, el numeral 36.2 del precitado artículo dispone que el Ministerio de Salud y EsSalud quedan autorizados para transferir financieramente, a favor del organismo internacional respectivo, con cargo a su presupuesto institucional, los recursos correspondientes para la ejecución de los convenios de cooperación técnica u otras de naturaleza análoga celebrados en el marco de lo establecido en la referida disposición. Dichas transferencias...
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