RESOLUCION DIRECTORAL, N° 022-2021-MTC/18 - Establecen medidas para la ampliación de las licencias de conducir de la clase A, así como de las autorizaciones especiales para el transporte de materiales y residuos peligrosos-RESOLUCION DIRECTORAL-N° 022-2021-MTC/18

EmisorSeparatas de Normas Legales
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2021

Establecen medidas para la ampliación de las licencias de conducir de la clase A, así como de las autorizaciones especiales para el transporte de materiales y residuos peligrosos

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 022-2021-MTC/18

Lima, 7 de junio de 2021

VISTOS: El Informe Nº 113-2021-MTC/17.03, formulado por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes; y el Informe Nº 833-2021-MTC/18.01, formulado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, asumiendo, entre otras, competencias normativas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y dictan medidas de prevención y control del COVID-19, la misma que ha sido prorrogada mediante los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA, Nº 031-2020-SA y Nº 009-2021-SA, siendo la última prórroga por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario a partir del 7 de marzo de 2021;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del 01 de diciembre de 2020, el cual ha sido prorrogado por los Decretos Supremos Nº 201-2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, Nº 036-2021-PCM, Nº 058-2021-PCM, Nº 076-2021-PCM, y Nº 105-2021-PCM, siendo la última prórroga por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del martes 1 de junio de 2021;

Que, el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, establece que, durante la vigencia del Estado de Emergencia, el Gobierno Nacional dicta las normas que sean necesarias para el...

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