RESOLUCION, Nº 044-2021-INBP - Designan responsable de brindar la información que demanden los administrados ante la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú-RESOLUCION-Nº 044-2021-INBP
Fecha de disposición | 04 Junio 2021 |
Fecha de publicación | 09 Junio 2021 |
Sección | Sección Única |
Designan responsable de brindar la información que demanden los administrados ante la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú
Resolución de Intendencia
Nº 044-2021-INBP
San Isidro, 4 de junio de 2021
VISTA:
La Nota Informativa Nº 064-2021-INBP/OA de la Oficina de Administración, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1260 se fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y se regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como definir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la INBP;
Que, por Resolución Suprema Nº 033-2021-IN del 02 de febrero de 2021 se designó al Abog. Luis Antonio Ponce La Jara en el cargo de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;
Que, el numeral 1.12 del artículo IV del Titulo Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, regula el Principio de Participación, el mismo que menciona que las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que administren, sin expresión de causa, salvo aquellas que afecten la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad nacional o las que expresamente sean excluidas por Ley;
Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806...
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