ORDENANZA, Nº 517-2021-MDSMP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES - Ordenanza que fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a los tributos que administra o recauda la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres-ORDENANZA-Nº 517-2021-MDSMP
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 31 de Mayo de 2021 |
Ordenanza que fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a los tributos que administra o recauda la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres
ORDENANZA Nº 517-MDSMP
San Martín de Porres, 27 de mayo del 2021
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES
VISTO:
En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de mayo del 2021, el Informe Nº 070-2021-GAT/MDSMP de fecha 19 de mayo del 2021, de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, el Informe Nº 0045-2021 de la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda, en relación al Proyecto de Ordenanza que “Fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a los tributos que administra o recauda la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres”; Informe Nº 308-2021-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1926-2021-GM/MDSMP de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 005-2021-CPyF/MDSMP de la Comisión de Planificación y Finanzas; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; las que, según el artículo 74º de la misma norma, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, debiéndose respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona;
Que, la autonomía antes indicada y las funciones de gobierno de las municipalidades son ejercidas por los concejos municipales a través de la aprobación de ordenanzas y acuerdos, de conformidad con lo estipulado en el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, que otorga el rango de ley a las ordenanzas municipales;
Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la ley; lo que se condice con lo previsto en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba