RESOLUCION SUPREMA, N° 113-2021-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Resuelven no acceder a solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega de ciudadano peruano para ser extraditado de la República del Perú y cumpla su condena en el Reino de España-RESOLUCION SUPREMA-N° 113-2021-JUS

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2021

Resuelven no acceder a solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega de ciudadano peruano para ser extraditado de la República del Perú y cumpla su condena en el Reino de España

resolución suprema

n° 113-2021-jus

Lima, 26 de mayo de 2021

VISTO; el Informe Nº 080-2021/COE-TPC, del 10 de mayo de 2021, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano de nacionalidad peruana RAÚL TOVAR HERRERA, formulada por las autoridades competentes del Reino de España, para que cumpla la condena que le ha sido impuesta por la comisión del delito de agresión sexual;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 21 de marzo de 2019, integrada por Resolución del 10 de diciembre de 2019, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano de nacionalidad peruana RAÚL TOVAR HERRERA, formulada por las autoridades competentes del Reino de España, para que cumpla la condena que le ha sido impuesta por la comisión del delito de agresión sexual. (Expediente N° 43-2019);

Que, conforme se aprecia del Acta de Audiencia de Control de Detención Preventiva con fines de Extradición, del 10 de diciembre de 2018, realizada por el Segundo Juzgado Penal de Lurigancho y Chaclacayo de la Corte...

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