RESOLUCION, N° 0522-2021-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de La Punta, Provincia Constitucional del Callao -RESOLUCION-N° 0522-2021-JNE

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición18 de Mayo de 2021

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de La Punta, Provincia Constitucional del Callao

Resolución N° 0522-2021-JNE

Expediente N° JNE.2021061080

LA PUNTA - CALLAO

VACANCIA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, doce de mayo de dos mil veintiuno.

VISTO: el Oficio N° 037-2021-MDLP/SG, presentado el 11 de mayo de 2021, por don Julio César Aste Gordillo, secretario general de la Municipalidad Distrital de La Punta, Provincia Constitucional del Callao (en adelante, señor secretario), mediante el cual solicitó la vacancia de don Pío Fernando Salazar Villarán, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde), por la causa de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y convocar a los respectivos sucesores.

PRIMERO. ANTECEDENTES

1.1. Mediante el Oficio N° 029-2021-MDLP/SG, presentado el 26 de abril de 2021, el señor secretario comunicó la licencia con goce de haber otorgada al señor alcalde, por un periodo de treinta (30) días naturales, a fin de que se convoque, provisionalmente, a las autoridades municipales correspondientes.

1.2. Posteriormente, a través del Oficio N° 037-2021-MDLP/SG el señor secretario elevó los actuados del expediente administrativo de vacancia, tramitado a raíz del fallecimiento del señor alcalde, causa prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM, a fin de que se convoque al respectivo sucesor, tal como lo establece el artículo 24 del mismo cuerpo normativo.

1.3. Dicho pedido se sustentó en la declaratoria de vacancia, aprobada por el Concejo Distrital de La Punta, en el Acuerdo de Concejo N° 001-012-2021, del 10 de mayo de 2021. Además, se acompañó el Certificado de Defunción General, expedido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

1.4. No se anexó el comprobante de pago de la tasa electoral respectiva.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la LOM

1.1. El numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, establece que el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

1.2. El artículo 22 determina que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal por causa, entre otros, de muerte.

1.3. El...

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