RESOLUCION MINISTERIAL, N° 197-2021-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Incorporan el sub numeral 7.6 en el numeral 7 de las Disposiciones Complementarias de la “Norma Técnica que establece las disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a favor de entidades sin fines de lucro e instituciones comprendidas en el acuerdo internacional aprobado por Decreto Ley N° 23211 para la implementación de propuestas de servicio educativo en instituciones educativas públicas monolingües castellano y bilingües de ámbito rural del nivel de educación primaria multigrado y del nivel de educación secundaria en los modelos de secundaria con residencia estudiantil, secundaria en alternancia y secundaria tutorial”-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 197-2021-MINEDU

Fecha de disposición12 Mayo 2021
Fecha de publicación13 Mayo 2021
SecciónSección Única
MateriaDerecho Procesal

Incorporan el sub numeral 7.6 en el numeral 7 de las Disposiciones Complementarias de la “Norma Técnica que establece las disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a favor de entidades sin fines de lucro e instituciones comprendidas en el acuerdo internacional aprobado por Decreto Ley N° 23211 para la implementación de propuestas de servicio educativo en instituciones educativas públicas monolingües castellano y bilingües de ámbito rural del nivel de educación primaria multigrado y del nivel de educación secundaria en los modelos de secundaria con residencia estudiantil, secundaria en alternancia y secundaria tutorial”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 197-2021-MINEDU

Lima, 12 de mayo de 2021

VISTOS, el Expediente N° DISER2021-INT-0056952, el Informe Nº 00255-2021-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DISER y los Oficios N° 00067-2021-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DISER y N° 00069-2021-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DISER de la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, el Oficio N° 00168-2021-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, el Memorándum N° 00219-2021-MINEDU/SG-OGA de la Oficina General de Administración, el Informe N° 00503-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Memorándum N° 00216-2021-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00595-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad; y que el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos, y la universalización de la educación básica;

Que, asimismo, el artículo 12 de la citada Ley, señala que, para asegurar la universalización de la educación básica en todo el país como sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria. El Estado provee los servicios públicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales;

Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 332-2017-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Norma que implementa los Lineamientos para el Mejoramiento del Servicio Educativo Multigrado Rural”, la cual tiene por objetivo establecer disposiciones para la planificación, organización e implementación de los componentes pedagógico, de gestión y de soporte, del Servicio Educativo Multigrado Rural, en las instituciones educativas públicas polidocentes incompletas o multigrado y unidocentes, del nivel primaria de la Educación Básica Regular, a fin de alcanzar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR