RESOLUCION MINISTERIAL, N° 0120-2021-MIDAGRI, PODER EJECUTIVO - Crean Grupo de Trabajo Multisectorial con el objeto de elaborar el documento denominado “Instrumento de Gestión para el Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú, periodo 2021 - 2031”-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 0120-2021-MIDAGRI

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2021

Crean Grupo de Trabajo Multisectorial con el objeto de elaborar el documento denominado “Instrumento de Gestión para el Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú, periodo 2021 - 2031”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0120-2021-MIDAGRI

Lima, 10 de mayo de 2021

VISTOS, la Carta Nº 082-2020-JUNPALMA/P de la Junta Nacional de Palma Aceitera en el Perú, el Memorando Nº 601-2021-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 065-2021-MIDAGRI-SG/OGPP-ODOM de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización, el Memorando Nº 203-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGA de la Dirección General Agrícola, los Informes Técnicos Nº 0002 y 0006-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGA-DIA-JJMR de la Dirección Agrícola, y el Oficio Nº 116-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/DGA de la Dirección General Agrícola; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; asimismo, el Sector Agrario y de Riego comprende el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y todas las entidades de los tres niveles de gobierno vinculadas al ámbito de competencia señalado en la referida Ley, dentro del cual se encuentran la agricultura, las tierras de uso agrícola y de pastoreo, y las tierras eriazas con aptitud agraria, entre otros;

Que, conforme a lo señalado en los literales a. y j. del numeral 2 del artículo 7 de la Ley Nº 31075, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en el marco de sus competencias compartidas, ejerce la función de promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados, en coordinación con el organismo rector en la materia; así como promover el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas urbanas y rurales, fomentando la inserción de los pequeños y medianos productores agrarios en la economía nacional;

Que, el Decreto Supremo Nº 002-2016-MINAGRI, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional Agraria, la cual tiene como objetivo general el lograr el incremento sostenido de los ingresos y medios de vida de los productores y productoras agrarios, priorizando la agricultura familiar, sobre la base de mayores capacidades y activos más productivos, y con un uso sostenible de los recursos agrarios en el marco de procesos de creciente inclusión social y económica de la población rural; siendo uno de sus objetivos específicos incrementar la competitividad agraria y la inserción a los mercados, con énfasis en el pequeño productor agrario;

Que, el Decreto Supremo Nº 015-2000-AG, declara de interés nacional la instalación de plantaciones de palma aceitera para promover desarrollo sostenible y socioeconómico de la región amazónica y contribuir a la recuperación de suelos deforestados por la agricultura migratoria y por el desarrollo de actividades ilícitas, en áreas con capacidad de uso mayor para el establecimiento de plantaciones de esta especie;

Que, la Resolución Ministerial Nº 0155-2001-AG aprueba...

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