ORDENANZA, N° 009-2021-MPHB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROV. DE HUALGAYOC - Aprueban el “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2021” de la provincia de Hualgayoc - Bambamarca-ORDENANZA-N° 009-2021-MPHB
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 18 de Marzo de 2021 |
Aprueban el “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2021” de la provincia de Hualgayoc - Bambamarca
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 009-2021-MPH-BCA
Bambamarca, 18 de marzo de 2021
POR CUANTO:
VISTO:
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de marzo de 2021, el Informe Técnico Nº 007-2021-GRC-OSDN-SC, el Informe Nº 046-2021-MPH-BCA/GSM/SGSU-R y el Informe Nº 166-2021-MPH-BCA/GAJ, referente a la aprobación del “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2021” de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 85º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las municipalidades según su condición de Provincial o Distrital establecen un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la Sociedad Civil y Policía Nacional;
Que, con Informe Técnico Nº 007-2021-GRC-OSDN-SC, de fecha 08.03.2021, el Especialista de Seguridad Ciudadana - Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, informa al Director de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, sobre la “Evaluación de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2021 de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca”;
Que, con Informe Nº 046-2021-MPH-BCA/GSM/SGSU-R, de fecha 17.03.2021, el SOS PNP (R) Demetrio Cieza Tarrillo - Sub Gerente de Seguridad Urbana - Rural, se dirige a la Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, a fin de solicitar aprobación del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2021, mediante Ordenanza Municipal;
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 1º establece que: “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”, asimismo el artículo 2º inciso 22 señala: “Toda persona tiene derecho (…) a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”;
Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), sistema encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas...
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