RESOLUCION, Nº 129-2021-GG/OSIPTEL, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - Aprueban Instructivo sobre el vínculo denominado “Información a Abonados y Usuarios” de la página web de la empresa operadora-RESOLUCION-Nº 129-2021-GG/OSIPTEL

EmisorOrganismos Reguladores
Fecha de la disposición28 de Abril de 2021

Aprueban Instructivo sobre el vínculo denominado “Información a Abonados y Usuarios” de la página web de la empresa operadora

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

Nº 129-2021-GG/OSIPTEL

Lima, 28 de abril de 2021

MATERIA INSTRUCTIVO SOBRE EL VÍNCULO DENOMINADO “INFORMACIÓN A ABONADOS Y USUARIOS” DE LA PÁGINA WEB DE LA EMPRESA OPERADORA.

VISTOS:

i) El Proyecto de Resolución presentado por la Dirección de Atención y Protección del Usuario, que tiene por objeto aprobar el Instructivo que define el contenido y pautas de implementación de información del vínculo denominado “Información a Abonados y Usuarios” de la página web de la empresa operadora;

ii) El Informe N° 049-DAPU/2021, que sustenta el Instructivo al que se refiere el numeral precedente y recomienda su publicación para comentarios; con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 138-2012-CD/OSIPTEL, este Organismo dispuso la aprobación del Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante, Condiciones de Uso), las cuales establecen los derechos y obligaciones que corresponden a las empresas operadoras, abonados y usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones, tanto al momento de la contratación del servicio, durante la provisión del mismo, así como al término de la relación contractual;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 019-2021-CD/OSIPTEL, publicada el 11 de febrero de 2021 en el diario oficial El Peruano, se modificó, entre otros, el artículo 8 de dicha norma, referida a la información en la página web de la empresa operadora a través de un vínculo visiblemente notorio y de fácil acceso, bajo la denominación “Información a Abonados y Usuarios”;

Que, a través de dicha modificación, se establece que el contenido y pautas para el cabal cumplimiento de la obligación contenida en el referido artículo se comunicarán a las empresas operadoras por la Gerencia General del OSIPTEL;

Que, el artículo 7 del Reglamento General del OSIPTEL, establece que toda decisión de este Organismo deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados;

Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR