ORDENANZA, Nº 430/MDSM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL - Ordenanza que establece beneficios tributarios para el pago de tributos generados como producto de un procedimiento de fiscalización tributaria en el distrito de San Miguel-ORDENANZA-Nº 430/MDSM

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición30 de Abril de 2021

Ordenanza que establece beneficios tributarios para el pago de tributos generados como producto de un procedimiento de fiscalización tributaria en el distrito de San Miguel

ORDENANZA Nº 430/MDSM

San Miguel, 23 de abril de 2021

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada el 23 de abril de 2021;

VISTOS, el memorando Nº 084-2021-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 131-2021-GAJ/MDSM, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el memorando Nº 097-2021-GATF/MDSM, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Leyes de Reforma Constitucional, y el artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece, que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren;

Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modificatorias, dispone que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, las contribuciones, arbitrios, licencias y derechos, dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, constituye política de esta entidad municipal, brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de obligaciones de naturaleza tributaria;

Que, estando a lo expuesto por la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante los documentos de vistos de la presente ordenanza y en uso de las facultades conferidas por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 8) del artículo y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación de acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIOS...

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