ACUERDO, Nº 132, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Declaran desfavorable solicitud de desafectación de uso con fines de vivienda de áreas de terrenos, ubicado en distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima-ACUERDO-Nº 132
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 28 de Abril de 2021 |
Declaran desfavorable solicitud de desafectación de uso con fines de vivienda de áreas de terrenos, ubicado en distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima
ACUERDO DE CONCEJO N° 132
Lima, 22 de abril de 2021
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972–Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. Asimismo, el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, además de la titularidad de las municipalidades sobre bienes de uso y servicio público local, de conformidad con lo establecido en la referida Ley Orgánica, igualmente compete a las Municipalidades procurar, conservar y administrar los bienes de uso público, con excepción de los que corresponden al estado conforme a Ley;
Que, con Ordenanza N° 296-MML del 23 de diciembre del 2000, se regula el régimen de constitución y administración de los bienes de uso público en la provincia de Lima, previstos en el Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima, las normas urbanísticas y los planes de los servicios públicos en las distintas zonas del Área Metropolitana; en cuyo artículo 28, relacionada a causales de desafectación, dispone que los bienes de uso...
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