RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 137-2021-EF/52, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban el Acto Constitutivo del Fideicomiso de Titulización y Comisión de Confianza del Programa de Garantía del Gobierno Nacional a la cartera crediticia de las Empresas del Sistema Financiero-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 137-2021-EF/52

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición22 de Abril de 2021

Aprueban el Acto Constitutivo del Fideicomiso de Titulización y Comisión de Confianza del Programa de Garantía del Gobierno Nacional a la cartera crediticia de las Empresas del Sistema Financiero

Resolución Ministerial

Nº 137-2021-EF/52

Lima, 22 de abril del 2021

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 y el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1508, Decreto Legislativo que crea el Programa de Garantía del Gobierno Nacional a la Cartera Crediticia de las Empresas del Sistema Financiero, se establecen medidas que permitan a las Empresas del Sistema Financiero incrementar su capacidad para enfrentar escenarios de mayor demanda por liquidez, creándose el Programa de Garantía del Gobierno Nacional a las Empresas del Sistema Financiero, que tiene por objetivo garantizar la cartera de créditos de las Empresas del Sistema Financiero con el fin de dotarlas de liquidez extraordinaria;

Que, en virtud a la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1508, se emite la Resolución Ministerial N° 178-2020-EF/15 que aprueba el Reglamento Operativo del Programa de Garantía del Gobierno Nacional a las Empresas del Sistema Financiero, y que tiene como objeto regular los aspectos operativos y disposiciones complementarias necesarias para su implementación;

Que, asimismo, los numerales 5.1 y 5.3 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1508 disponen que el Ministerio de Economía y Finanzas encarga la administración del Programa de Garantía del Gobierno Nacional a las Empresas del Sistema Financiero a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE, para cuyo efecto se autoriza a la Dirección General del Tesoro Público y a la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir el correspondiente contrato, cuyo texto es aprobado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas y se suscribe una vez aprobado el otorgamiento de la Garantía del Gobierno Nacional, según las características señaladas en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1508, siendo la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado la que propone el contrato...

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