ORDENANZA, Nº 000305/MDSA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA - Modifican la Ordenanza Nº 000288/MDSA, que regula y promociona el expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en los espacios públicos, como unidades generadoras de autoempleo productivo-ORDENANZA-Nº 000305/MDSA

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición22 de Abril de 2021

Modifican la Ordenanza Nº 000288/MDSA, que regula y promociona el expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en los espacios públicos, como unidades generadoras de autoempleo productivo

ORDENANZA Nº 000305/MDSA

Santa Anita, 31 de marzo de 2021

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA

POR CUANTO:

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha que se indica, Informe Nº 000079-2021-SGDEL/GSAT/MDSA, el Informe Nº 000170-2021-SGDEL/GSAT/MDSA de la Subgerencia de Desarrollo Económico Local, el Informe Nº 0006-2021-GSAT-MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, el Informe Nº130-2021-GAJ-MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 232-2021-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194º de la constitución modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28007 y la Ley Nº 30305, que reforma los artículos Nº 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y alcaldes concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 83º, numeral 3, inciso 3.2) de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales en materia de abastecimiento y comercialización de productos y servicios, entre otros al regular y controlar el comercio ambulatorio de acuerdo con las normas establecidas por la Municipalidad Distrital;

Que, mediante Ley Nº 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, ley que rige en toda la nación;

Que, el artículo 4º de la Ley Nº 30198 establece que los gobiernos locales regulan el expendio en la vía pública de bebidas tradicionales, estableciendo para tal efecto dentro de su jurisdicción, los mecanismos de registro, control, salubridad, capacitación y fomento de capacidades que garanticen un servicio de calidad y en adecuadas condiciones de higiene y salubridad de acuerdo con las atribuciones y funciones que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, con Ordenanza Nº 000288/MDSA aprobada el 18 de julio de 2020 la Municipalidad de Santa Anita aprobó la norma que regula y promociona el expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en los espacios públicos, como unidades generadoras de autoempleo productivo, en la jurisdicción del distrito de Santa Anita;

Que, con Informe Nº 079-2021 -SGDEL/GSAT/ MDSA, la Subgerencia de Desarrollo Económico Local, eleva a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria el proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 000288/MDSA, siendo necesario modificar algunos artículos de la ordenanza ajustándola técnicamente a las nuevas condiciones existentes, a los nuevos plazos requeridos, así como aprobar excepcionalmente el Plan Regulador y el primer Padrón de Comerciantes;

Que, con Informe Nº 170-2021/SGDEL/GSAT/MDSA la Subgerencia de Desarrollo Económico Local remite a Gerencia de Servicios de Administración Tributaria el Proyecto de Plan Regulador de la promoción de las actividades económicas en el distrito de Santa Anita (expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas...

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