RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 112-2021-MIMP, PODER EJECUTIVO, MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES - Delegan en el/la Procurador/a Público/a del Ministerio la facultad y atribución de aprobar la designación de árbitros respecto de procesos de contrataciones en el marco de la Ley N° 30225 y del Decreto Legislativo N° 1017-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 112-2021-MIMP

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición14 de Abril de 2021

Delegan en el/la Procurador/a Público/a del Ministerio la facultad y atribución de aprobar la designación de árbitros respecto de procesos de contrataciones en el marco de la Ley N° 30225 y del Decreto Legislativo N° 1017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 112-2021-MIMP

Lima, 14 de abril de 2021

Vistos, la Nota N° D000351-2020-MIMP-PP de la Procuraduría Pública del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Informe N° D000160-2020-MIMP-OAS de la Oficina de Abastecimiento y Servicios, el Memorándum N° D000353-2020-MIMP-OGA y la Nota N° D000058-2021-MIMP-OGA de la Oficina General de Administración, las Notas N° D000335-2020-MIMP-OGAJ y N° D000036-2021-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Nota N° D000085-2021-MIMP-SG y el Proveído N° D003523-2021-MIMP-SG de la Secretaría General y el Proveído N° D000300-2021-MIMP-DM del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, establece en su parte final, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa lo autorice;

Que, el literal e) del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria, señala que una de las funciones de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es ejercer las demás funciones que le asigna la Constitución Política del Perú, las leyes, así como los reglamentos sectoriales, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no son privativas de su función de Ministro o Ministra de Estado;

Que, el Texto Único Ordenado – TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF y el Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatoria, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los...

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