RESOLUCION, N° 0409-2021-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman Acuerdo de Concejo Municipal N° 039-2020-CMDPN, que rechazó solicitud de vacancia presentada en contra de regidora de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de Lima-RESOLUCION-N° 0409-2021-JNE

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición16 de Abril de 2021

Confirman Acuerdo de Concejo Municipal N° 039-2020-CMDPN, que rechazó solicitud de vacancia presentada en contra de regidora de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de Lima

Resolución Nº 409-2021-JNE

Expediente Nº JNE.2020033381

PUNTA NEGRA - LIMA - LIMA

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno

VISTO: en audiencia pública virtual del veintidós de marzo de dos mil veintiuno, votado en sesión privada de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Guillermo Alfonso Betocchi Ibarra (en adelante, ciudadano), en contra del Acuerdo de Concejo Nº 039-2020-CMDPN, del 16 de octubre de 2020, por el que se rechazó la solicitud de vacancia contra doña Julia Ibet Tataje Taboada, regidora de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, provincia y departamento de Lima (en adelante, señora regidora), por la causa de infracción a las restricciones de contratación, establecida en el numeral 9 del artículo 22 concordante con el artículo 63, ambos de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

Oído: el informe oral.

PRIMERO. ANTECEDENTES

Solicitud de vacancia

1.1. El 15 de setiembre de 2020, el ciudadano interpone solicitud de vacancia contra la señora regidora por infracción a las restricciones de contratación bajo los siguientes fundamentos:

  1. La señora regidora conduce, junto con su conviviente, don José Luis Rodríguez Reyes, dos puestos del Mercado Municipal de Punta Negra (puestos 36 y 43). Ello constituye una infracción a las restricciones de contratación sobre bienes municipales, por cuanto los poseedores de los puestos de los mercados deben pagar una tasa mensual a la municipalidad, hecho reconocido por la propia señora regidora en su intervención durante la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 009-2020, del 26 de mayo de 2020.

  2. Adicionalmente, la señora regidora mantiene impagas las tasas municipales por concepto de conducción de puestos en el citado mercado durante los años 2019 y 2020.

    1.2. Para acreditar la causa invocada, el ciudadano adjuntó, entre otros, los siguientes documentos:

  3. Copia de la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas del año 2020 de la señora regidora, donde se aprecia que es conviviente de don José Luis Rodríguez Reyes.

  4. Copia del padrón de asociados de la Asociación de Comerciantes San Martín de Porres, del Mercado Municipal de Punta Negra.

  5. Copia de la Resolución Gerencial Nº 003-2018-MDPN/GDS, que reconoce al Concejo Directivo de la Asociación de Comerciantes San Martín de Porres del Mercado de Punta Negra, donde figura como vicepresidente el conviviente de la señora regidora.

  6. El Acta de la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 9, del 26 de mayo de 2020, donde la señora...

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