RESOLUCION, N° 068-2021-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Modifican la asignación de responsabilidad de pago de las tablas contenidas en el Anexo N° 9 de la Resolución N° 061-2017-OS/CD y modificatoria-RESOLUCION-N° 068-2021-OS/CD
Emisor | Organismos Reguladores |
Fecha de la disposición | 15 de Abril de 2021 |
Modifican la asignación de responsabilidad de pago de las tablas contenidas en el Anexo N° 9 de la Resolución N° 061-2017-OS/CD y modificatoria
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
N° 068-2021-OS/CD
Lima, 13 de abril de 2021
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo previsto el literal e) del artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas (“RLCE”), aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, corresponde a Osinergmin definir la asignación de responsabilidad de pago entre la generación y la demanda, así como la distribución entre los generadores de la responsabilidad de pago asignada a ellos, la misma que podrá ser revisada en cada fijación tarifaria a solicitud de los interesados de acuerdo a lo que establezca Osinergmin;
Que, mediante Resolución N° 061-2017-OS/CD (“Resolución 061”), modificada con Resoluciones N° 129-2017-OS/CD , N° 059-2018-OS/CD y N° 064-2019-OS/CD, se fijaron las tarifas y compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT), para el periodo mayo 2017 – abril 2021, estableciéndose, entre otros aspectos, las compensaciones de los SST y/o SCT asignados total o parcialmente a la generación, conforme lo establece la Norma “Procedimiento para la Asignación de Responsabilidad de pago de los SST y SCT”, aprobada con Resolución N° 164-2016-OS/CD;
Que, en el artículo 10 de la Resolución 061 se establece que la revisión de la distribución de responsabilidades de pago entre los generadores por los SST y/o SCT asignados a la generación, se realiza a solicitud sustentada del interesado; además se dispone que dicha solicitud sea tramitada por Osinergmin dentro del Procedimiento de Fijación de los Precios en Barra, siguiendo las etapas, plazos y responsabilidades consignados en el Anexo A.1 de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”, aprobada con Resolución N° 080-2012-OS/CD;
Que, en la Segunda Disposición Transitoria de la Resolución N° 217-2013-OS/CD con la que se aprobó la Norma “Tarifas y Compensaciones para SST y SCT” (“Resolución 217”) se dispuso que, las solicitudes de revisión de la distribución entre los generadores de la responsabilidad de pago asignada a ellos por las instalaciones tipo generación o...
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