RESOLUCION, N° 0434-2021-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima-RESOLUCION-N° 0434-2021-JNE

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición15 de Abril de 2021

Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima

Resolución N° 0434-2021-JNE

Expediente N° JNE.2021013709

PACCHO - HUAURA - LIMA

VACANCIA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, nueve de abril de dos mil veintiuno.

VISTO: el oficio N° 056-2021-ALC-MDP, del 31 de marzo de 2021, mediante el cual don Huber Hugo Leandro Liberato, teniente alcalde de la Municipalidad Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima (en adelante, señor teniente alcalde), solicita dar trámite a la vacancia de don Josué Serafín Claros Flores, alcalde de la citada municipalidad (en adelante, señor alcalde), por la causa de muerte prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y la convocatoria de la nueva autoridad municipal.

PRIMERO. ANTECEDENTES

1.1. Con el oficio del visto, el señor teniente alcalde elevó los actuados del expediente administrativo de vacancia, tramitado a raíz del fallecimiento del señor alcalde, a fin de que se convoque al candidato respectivo.

1.2. Dicho pedido se sustentó en el Acuerdo de Concejo N° 008-20211-MDP, del 29 de marzo de 2021, en la cual se acordó declarar la vacancia del señor alcalde. Además, acompaña el Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; sin embargo, no se anexó el comprobante de pago de la tasa electoral respectiva.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la LOM

1.1. Acorde a lo establecido en el numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

1.2. El artículo 22 determina que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal, en los siguientes casos:

  1. Muerte;

    […]

    1.3. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, señala lo siguiente:

    En caso de vacancia o ausencia del alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.

    En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:

  2. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.

  3. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en...

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