RESOLUCION, Nº 003·-2021-PCM/SGP, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Aprueban el Manual de Funcionamiento del Centro de Mejor Atención al Ciudadano - Centro MAC, cuyas disposiciones son de obligatorio cumplimiento en todos los Centros MAC a nivel nacional-RESOLUCION-Nº 003·-2021-PCM/SGP
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 8 de Abril de 2021 |
Aprueban el Manual de Funcionamiento del Centro de Mejor Atención al Ciudadano - Centro MAC, cuyas disposiciones son de obligatorio cumplimiento en todos los Centros MAC a nivel nacional
Resolución de Secretaría
de Gestión Pública
N° 003-2021-PCM/SGP
Lima, 8 de abril 2021
VISTO:
El Informe N° D000009-2021-PCM/SSCAC de la Subsecretaría de Calidad de Atención al Ciudadano de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2019-PCM-SGP, se aprobó el Manual de Funcionamiento de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – MAC, que tiene como objetivo establecer el modelo de funcionamiento, así como los procesos y procedimientos básicos que garanticen la calidad de los servicios y la atención que requiere la ciudadanía en los Centros MAC, de acuerdo a los lineamientos de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Asimismo, la citada Ley establece que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública tiene por finalidad velar por la calidad de la prestación de los bienes y servicios; señalando que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, ejerce la rectoría de dicho sistema;
Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2019-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N° 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos; cuyo artículo 11 define a la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano – MAC como la única plataforma del Estado que, a través de accesos o canales de atención presenciales, no presenciales o mixto, brinda múltiples servicios de información, orientación, atención de trámites, reclamaciones u otros servicios del Estado, incluyendo los que resulten de la prestación de servicios por instituciones privadas, según corresponda, a fin de asegurar una atención de calidad a las personas...
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