INVESTIGACION, Nº 155-2014-HUANUCO, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Sancionan con destitución a Asistente Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Chinchao, Distrito Judicial de Huánuco-INVESTIGACION-Nº 155-2014-HUANUCO

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2021

Sancionan con destitución a Asistente Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Chinchao, Distrito Judicial de Huánuco

INVESTIGACIÓN N° 155-2014-HUANUCO

Lima, veintiocho de octubre de dos mil veinte.

VISTA:

La Investigación número ciento cincuenta y cinco guión dos mil catorce guión Huánuco que contiene la propuesta de destitución del señor Julio Antonio Tiburcio Salinas, por su desempeño como Asistente Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Chinchao, Distrito Judicial de Huánuco, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución número treinta y seis, de fecha diecinueve de febrero de dos mil diecinueve; de fojas setecientos nueve a setecientos quince.

CONSIDERANDO:

Primero. Que es objeto de examen la resolución número treinta y seis, de fecha diecinueve de febrero de dos mil diecinueve, de fojas setecientos nueve a setecientos quince, en el extremo que resuelve:

PRIMERO.- PROPONER ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se imponga la medida disciplinaria de DESTITUCIÓN al servidor JULIO ANTONIO TIBURCIO SALINAS, en su actuación como Asistente Judicial del Juzgado de Paz Letrado de Chinchao, de la Corte Superior de Justicia de Huánuco; …

.

Con relación a los fundamentos de la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, cabe citar los siguientes extremos:

“ANÁLISIS DE LOS HECHOS Y DETERMINACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD

(…)

CUARTO: Al investigado Julio Antonio Tiburcio Salinas se le atribuyeron los siguientes cargos, que se subsumen como faltas muy graves:

a) Haber solicitado beneficio económico a la señora Lidia Gamarra Gonzales con la finalidad de brindarle apoyo no sólo en la obtención de un resultado favorable y la agilización de los procesos Nº 170-2013, 222-2013 y 12-2014 seguidos por la mencionada persona, sino también en conseguirle abogado que suscriban la demanda de obligación de dar suma de dinero y la solicitud de medida cautelar, aunado a ello, recabar diversos documentos que le permitan acceder al auxilio judicial y, de este modo, ser exonerada del pago de las demás tasas judiciales, para lo cual le requirió la cantidad de S/ 200.00 nuevos soles y que debían ser entregados el 11 de febrero del año 2014 en horas de la mañana y cerca a las instalaciones del Juzgado de Paz Letrado de Chinchao

. Conducta que se subsume como falta muy grave tipificada en los incisos 1) y 8) del artículo 10º del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial.

  1. Haber elaborado dos escritos a favor de doña Lidia Gamarra Gonzales, esto es la demanda de obligación de dar suma de dinero y la solicitud de medida cautelar, habiendo solicitado a cambio un beneficio económico, documentos que fueron presentados ante el Juzgado de Paz Letrado de Chinchao dando origen a los Expedientes Nº 170-2013 y N° 222-2013, al haber presuntamente brindado asesoría legal en coordinación con los abogados Julio Alfredo Fernández Ortiz y José Aniceto Livia”. Conducta que se subsume como falta muy grave tipificada en los incisos 2) y 10) del artículo 10º del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial”.

    QUINTO: (...), el presente procedimiento se originó con ocasión del Operativo Anticorrupción realizado en fecha 11 de febrero de 2014, desprendiéndose del Acta de Intervención que al investigado se le encontró en el momento de la intervención 7 billetes de 20 nuevos soles, 1 billete de 50 nuevos soles y 1 billete de 10 nuevos soles, los que totalizan la suma de 200 nuevos soles, procediéndose a efectuar el cotejo correspondiente, se estableció que dichos billetes resultaban ser los mismos que le fueron proporcionados a la quejosa para la realización del operativo, comprobándose además la reacción del insumo químico en manos del investigado, evidenciando así, que el investigado recibió de la quejosa Lidia Gamarra Gonzales los referidos billetes (folios 48-49).

    Seguidamente después del operativo, en la misma fecha, se le interrogó al investigado, quien en su manifestación prestada ante el despacho del Fiscal Provincial Penal aceptó las imputaciones realizadas en su contra, (…); por consiguiente, se encuentra acreditado que recibió dinero de la litigante Lidia Gamarra Gonzales con el fin de agilizarle el trámite de los procesos judiciales donde ella es parte demandante, Exp. 170-2013, 222-2013 y 12-2014 y asimismo que...

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