ORDENANZA, N° D000009-2020-GRC-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA - Ordenanza Regional que aprueba la institucionalizaciòn del Modelo Cooperativo en el Sector Productivo de la Region Cajamarca-ORDENANZA-N° D000009-2020-GRC-CR

Fecha de disposición20 Marzo 2021
Fecha de publicación20 Marzo 2021
SecciónSección Única

Ordenanza Regional que aprueba la institucionalización del Modelo Cooperativo en el Sector Productivo de la Región Cajamarca

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL

N° D000009-2020-GRC-CR

Cajamarca, 28 de diciembre del 2020

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEL MODELO COOPERATIVO EN EL SECTOR PRODUCTIVO

DE LA REGIÓN CAJAMARCA

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y demás normas complementarias;

CONSIDERANDO:

Que, La Constitución Política del Perú de 1993 en su artículo 23° establece que “… El estado promueve condiciones para el progreso social y económico en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo…”.

Que, la Ley N° 27680. Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización señala en su artículo 192, que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo y son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional.

Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia”; en tanto que el artículo 35 sobre Competencia Exclusivas establece: “(…) a) Planificar el desarrollo integral de su región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes. (…), f) Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios. (…)”.

Que, La Ley General de Cooperativas y su Reglamento.- Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 074-90-TR regula la constitución...

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