ORDENANZA, Nº 450-2021-MDA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE ANCON - Ordenanza que regula el procedimiento de fiscalización tributaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de la Municipalidad Distrital de Ancón-ORDENANZA-Nº 450-2021-MDA

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición18 de Marzo de 2021

Ordenanza que regula el procedimiento de fiscalización tributaria del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de la Municipalidad Distrital de Ancón

ORDENANZA Nº 450-2021-MDA

Ancon, 26 de febrero del 2021

VISTO:

Memorándum Nº 089-2021-GM/MDA de la Gerencia Municipal, Informe Nº 054-2021-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 012-2021-GATYR/MDA de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y;

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política vigente;

Que, el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, en su artículo 61ºestablece que La determinación de la obligación tributaria efectuada por el deudor tributario está sujeta a fiscalización o verificación por la Administración Tributaria, la que podrá modificarla cuando constate la omisión o inexactitud en la información proporcionada, emitiendo la Resolución de Determinación, Orden de Pago o Resolución de Multa.

Que, el artículo 62º del Código Tributario establece que el ejercicio de la función fiscalizadora incluye la inspección, investigación y el control del cumplimiento de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectación, exoneración o beneficios tributarios.

Que, según lo dispone el artículo 88º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la determinación de la obligación tributaria;

Que, el numeral 1 del artículo 87º del citado Código, establece como obligación de los administrados el inscribirse en los registros de la Administración Tributaria, aportando todos los datos necesarios y actualizando los mismos en la forma y dentro de los plazos establecidos;

Que, mediante Informe Nº 012-2021-GATYR/MDA de fecha 12 de enero de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas...

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