RESOLUCION, Nº 19-2021-ITP/DE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Delegan facultades a diversos funcionarios del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP)-RESOLUCION-Nº 19-2021-ITP/DE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición15 de Marzo de 2021

Delegan facultades a diversos funcionarios del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP)

Resolución Ejecutiva

Nº 19-2021-ITP/DE

Lima, 15 de marzo de 2021

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), en cuyo artículo 1 establece que es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, en todas sus atribuciones e instancias, con la finalidad fundamental de obtener mayores niveles de eficiencia;

Que, el literal f) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, señala que la mejora en la productividad consiste en optimizar la gestión interna a través de un uso más eficiente y productivo de los recursos públicos para alcanzar los objetivos institucionales planteados, lo cual comprende la reducción de todos aquellos trámites, pasos, requisitos, entre otros aspectos que afecten su productividad, fomentando aquellos otros que contribuyan a su incremento o mejora;

Que, el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que los actos de administración interna se orientan a la eficacia y eficiencia de los servicios y a los fines permanentes de las entidades;

Que, los numerales 78.1 y 78.2 del artículo 78 del referido dispositivo legal establecen que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;

Que, el numeral 18.2 del artículo 18 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, señala que la Dirección Ejecutiva tiene como función el ejercer la representación legal de la entidad, pudiendo delegar dicha función en el marco de la normativa vigente;

Que, con el propósito de dotar de una mayor eficacia y eficiencia en la gestión administrativa de la Entidad, resulta pertinente delegar diversas funciones asignadas al Titular, que no sean privativas de su cargo, en el/la Secretario/a General, en el/la Jefe/a de la Oficina de Asesoría Jurídica, en el/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración, en el/la Jefe/a de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, en el/la Director/a de la Dirección de Operaciones, en el/la Director/a de la Dirección de Investigación Desarrollo Innovación y Transferencia Tecnológica y en los/las Directores/as de los CITE Públicos, según corresponda;

Con los vistos de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus funciones;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; y, el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del ITP;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Delegación de facultades en el/la Secretario/a General

Delegar en el/la Secretario/a de la Secretaría General las siguientes facultades:

1.1 En materia Presupuestaria

Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego del ITP, previo informe técnico favorable de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización.

1.2 En materia de Tesorería

Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 194 y Pliego 241: ITP.

1.3 En materia de Contrataciones del Estado

  1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modificatorias, y supervisar periódicamente su ejecución, en el marco de lo establecido en las disposiciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE.

  2. Aprobar las contrataciones directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de TUO de la Ley de Contrataciones del Estado; así como aprobar sus correspondientes expedientes de contratación y bases administrativas.

  3. Autorizar las prestaciones adicionales de obra, incluyendo las que superen el quince por ciento (15%) del monto del contrato original.

  4. Aprobar que el comité de selección u órgano encargado de las contrataciones considere válida la oferta económica, siempre que esta no supere en diez por ciento (10%) el valor estimado o referencial, según corresponda.

  5. Resolver los recursos de apelación que sean de competencia del ITP.

  6. Suscribir...

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