RESOLUCION JEFATURAL, N° 072-2021-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Disponen la habilitación anual de Martilleros Públicos para el año 2021-RESOLUCION JEFATURAL-N° 072-2021-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición12 de Marzo de 2021

Disponen la habilitación anual de Martilleros Públicos para el año 2021

SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

ZONA REGISTRAL Nº IX - SEDE LIMA

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 072-2021-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF

Lima, 4 de marzo de 2021.

VISTOS: La Hoja de Trámite Nº 09 22-2021.000697 de fecha 25 de enero de 2021; el Informe Nº 0081-2021-SUNARP-Z.R.NºIX/CRBM de fecha 26 de febrero de 2021; y;

CONSIDERANDO:

Que, en aplicación de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 26366, Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, se dictó la Resolución Ministerial Nº143-95-ITINCI/DM de fecha 06 de octubre de 1995, mediante la cual se dispuso la transferencia de las funciones y acervo documental correspondientes al Registro Fiscal de Ventas a Plazos y Registro de Martilleros Públicos al Sistema Nacional de los Registros Públicos a partir del 16 de octubre de 1995;

Que, La Ley Nº 27728, Ley del Martillero Público, vigente desde el 24 de agosto del 2002, tiene por finalidad regular la actividad que cumple el Martillero Público;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27728, Ley del Martillero Público, se establece que todo Martillero Público mantendrá su inscripción vigente mediante la habilitación anual para el ejercicio de sus funciones; también se dispone que el Registro de Martilleros Públicos es único de competencia nacional, teniendo sede en la ciudad de Lima;

Que, mediante Resolución Nº 206-2005-SUNARP/SN, se designa a esta Zona Registral como Órgano Desconcentrado a cargo del Registro de Martilleros Públicos, disponiendo el traslado del acervo documentario del Registro de Martilleros Públicos con competencia a nivel nacional;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 118-2020-SUNARP-Z.R. NºIX/JEF de fecha 04 de marzo de 2020 y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 04 de junio de 2020, se dispone la habilitación de ciento noventa (190) Martilleros Públicos para continuar ejerciendo sus funciones a nivel nacional;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 324-2020-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 07 de octubre de 2020 se dispuso suspender el proceso de evaluación de postulantes a Martillero Público correspondiente al año 2020, debido al Estado de Emergencia dictado por el Gobierno por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19, y que dispuso también el aislamiento social obligatorio (cuarentena) en diversas provincias y regiones al interior del país, en los cuales, se permitía el desplazamiento de las personas únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas;

Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley del Martillero Público establece que para la habilitación anual se deberá presentar dentro de los quince (15) primeros días hábiles de cada año (plazo que venció el 22 de enero de 2021), la actualización de la garantía otorgada (1.5 UIT) y la relación de los remates realizados durante el año anterior debidamente firmado, estableciéndose que no podrá ser habilitado para ejercer el cargo durante el año en curso, el Martillero Público que no cumpla con presentar dichos requisitos;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 433-2020-SUNARP-ZR Nº IX/JEF de fecha 22 de diciembre de 2020 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 31 de diciembre de 2020, se aprobó los formatos anexos que serán utilizados para la incorporación y habilitación de Martilleros Públicos a partir del año 2021, siendo a) Formato Anexo 01: Declaración Jurada de no haber sido condenado por delito doloso...

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