RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 097-2021-EF/50, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban montos máximos de recursos que corresponden a cada una de las Municipalidades que cumplan todas las metas evaluadas en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal en el año 2021-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 097-2021-EF/50

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2021

Aprueban montos máximos de recursos que corresponden a cada una de las Municipalidades que cumplan todas las metas evaluadas en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal en el año 2021

Resolución Ministerial

Nº 097-2021-EF/50

Lima, 9 de marzo del 2021

CONSIDERANDO:

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI), creado mediante Ley N° 29332, es una herramienta de incentivos presupuestarios a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, que promueve la mejora de la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional. El PI tiene como objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y eficiencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el financiamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales; asimismo, los objetivos específicos del PI son:

i) Mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones, que están vinculados a resultados, en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y,

ii) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales;

Que, el literal a) del numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, dispone la asignación en el presupuesto institucional del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 600 000 000,00 (SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados exclusivamente para el financiamiento de los fines del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI); asimismo, dispone que la distribución de los recursos del PI se efectúa tomando en cuenta los criterios del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) y conforme a los lineamientos y metas de dicho Programa;

Que, en ese marco, mediante Decreto Supremo N° 397-2020-EF, se aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2021, en cuyo artículo 10 se establece que la determinación del monto máximo de recursos que corresponde a cada municipalidad por el...

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