LEY, N° 31132, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley de creación del distrito de Cochabamba en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica-LEY-N° 31132

Fecha de disposición09 Marzo 2021
Fecha de publicación09 Marzo 2021
MateriaDerecho Procesal

LEY Nº 31132

LA PRESIDENTA A. I. DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE COCHABAMBA EN LA PROVINCIA DE TAYACAJA DEL DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA

Artículo 1 Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto crear el distrito de Cochabamba, con su capital Cochabamba Grande, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica.

Artículo 2 Límites del distrito de Cochabamba

Los límites territoriales del distrito de Cochabamba, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, son los siguientes:

POR EL NORTE Y NORESTE

Limita con el distrito de Tintay Puncu, provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica.

El límite se inicia en las estribaciones del cerro San Cristóbal, en el punto de coordenada UTM 551 409 m E y 8 655 776 m N; continúa en dirección Noreste, descendiendo hasta alcanzar la línea media del cauce de la quebrada San Antonio, en el punto de coordenada UTM 554 870 m E y 8 656 926 m N; desde este punto el límite continúa ascendiendo por las estribaciones de un cerro sin nombre, hasta llegar a la cumbre en el punto de coordenada UTM 557 976 m E y 8 655 722 m N; continúa en dirección sur, descendiendo por las estribaciones de un cerro sin nombre hasta alcanzar el punto de coordenada UTM 557 227 m E y 8 654 065 m N; desde este punto el límite continúa noroeste descendiendo por las estribaciones de un cerro sin nombre hasta alcanzar la línea media del cauce de la quebrada San Antonio en el punto de coordenada UTM 555 567 m E y 8 654 815 m N; continúa por la línea media del cauce de la quebrada San Antonio, en dirección sur, hasta la confluencia de una quebrada sin nombre y la quebrada Palcacucho, en el punto de coordenada UTM 553 945 m E y 8 650 707 m N.

POR EL ESTE Y SURESTE

Limita con el distrito Roble, provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica.

El límite se inicia en el punto de coordenada UTM 553 945 m E y 8 650 707 m N; desde este punto el límite continúa en dirección sur, ascendiendo por las estribaciones de un cerro sin nombre, hasta alcanzar la cumbre, en la cota 3, 894 m.s.n.m., en el punto de coordenada UTM 552 646 m E y 8 647 266 m N; continúa por las estribaciones de un cerro sin nombre en dirección a una quebrada sin nombre; confluencia de dos quebradas, en la línea media del cauce, en el punto de coordenada UTM 553 470 m E y 8 645 828 m N.

POR EL SUR Y SUROESTE

Limita con los distritos de Roble y Andaymarca de la provincia Tayacaja del departamento de Huancavelica.

El límite se inicia en el punto de coordenada UTM 553 470 m E y 8 645 828 m N; continúa en dirección suroeste, ascendiendo por las estribaciones del cerro Yucacyaco Orjo hasta alcanzar la cumbre, entre la divisoria de aguas de la quebrada Tincoc con una quebrada sin nombre, en el punto de...

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