INVESTIGACION, ODECMA Nº 032-2014-MOQUEGUA, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Imponen medida disciplinaria de destitución a Asistente de la Unidad de Quejas, Investigaciones y Visitas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua-INVESTIGACION-ODECMA Nº 032-2014-MOQUEGUA

Fecha de disposición07 Marzo 2021
Fecha de publicación07 Marzo 2021
SecciónSección Única

Imponen medida disciplinaria de destitución a Asistente de la Unidad de Quejas, Investigaciones y Visitas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua

INVESTIGACIÓN ODECMA

N° 032-2014-MOQUEGUA

Lima, veintidós de julio de dos mil veinte.-

VISTA:

La Investigación ODECMA número cero treinta y dos guión dos mil catorce guión Moquegua que contiene la propuesta de destitución de la señora Ruth Maribel Quispe Velásquez, en su actuación como Asistente de la Unidad de Quejas, Investigaciones y Visitas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, mediante resolución número treinta, de fecha trece de setiembre de dos mil dieciocho; de fojas seiscientos cincuenta y uno a seiscientos cincuenta y cinco.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, de acuerdo al contenido del artículo veinte, numeral treinta y siete, del Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa número doscientos veintiséis guión dos mil doce guión CE guión PJ, compete al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: “… 37. Resolver en primera instancia administrativa las propuestas de destitución y separación formuladas por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial contra Jueces de Paz y Auxiliares Jurisdiccionales”.

En tal sentido, conforme a lo antes citado, este Órgano de Gobierno es competente para resolver la propuesta de destitución formulada contra la investigada.

Segundo. Que es objeto de examen la resolución número treinta del trece de setiembre de dos mil dieciocho, expedida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, que resuelve:

Primero.- PROPONER ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se imponga la medida disciplinaria de DESTITUCIÓN a la servidora RUTH MARIBEL QUISPE VELASQUEZ, en su actuación como Asistente de la Unidad de Quejas, Investigaciones y Visitas de la ODECMA de Moquegua

.

Resulta menester precisar que la imputación fáctica a la señora Ruth Maribel Quispe Velásquez, en su actuación como Asistente de la Unidad de Quejas, Investigaciones y Visitas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, se aprecia de la resolución número seis del uno de julio de dos mil catorce, expedida por la Oficina Desconcentrada de Control de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, siendo la siguiente:

Primer cargo:

“… desnaturalización en la tramitación y sustanciación de los expedientes de visita N° 00426-2016-VO; N° 00753-2013-VO; N° 00422-2013-VO; N° 00428-2013-VO; N° 00292-2013-VO; actuando con dolo y/o intencionalidad elevó con oficio al Superior Jerárquico de Control (Dr. Loo Segovia) haciendo mención a una “disposición superior” que sería de los jueces contralores Erwin Rodríguez Barreda y/o Roger Pari Taboada, con el cual adjuntan tales informes fraudulentos y la servidora procesada, proyecta además las respectivas resoluciones de archivo, sorprendiendo al referido magistrado superior contralor, quien bajo la creencia que tales informes de los Jueces Contralores son verdaderos, procede a firmar las referidas resoluciones de archivo”.

Segundo cargo:

Por excesiva demora injustificada y desnaturalización en la tramitación y sustanciación de los expedientes de visita

.

Con estas conductas disfuncionales habría cometido faltas muy graves previstas en el artículo diez, incisos diez y once, respectivamente, del Reglamento que regula el Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa número trescientos veintisiete guión dos mil nueve guión CE guión PJ.

Tercero. Que, en el presente procedimiento administrativo disciplinario, la investigada Ruth Maribel Quispe Velasquez ha formulado el siguiente descargo:

… Que dichos expedientes de visita, me han sido entregados por los magistrados contralores, autorizándome verbalmente proyectar resoluciones de archivo de dichos expedientes de visita, acaté el mandato y cumplí con proyectar las resoluciones correspondientes, que, si bien no habría motivado correctamente, así como habría incurrido en retraso en el trámite de los mismos, por la recarga laboral, el procedimiento seguido es haber dejado el expediente de visita con el proyecto de resolución, en el despacho del Magistrado Contralor, para su revisión y en efecto si mal no recuerdo después de dos o tres días me han sido devueltos los expedientes de visita aludidos, con las resoluciones firmadas, concretándome a continuar con el trámite (…) señalo que no inserté ningún informe o resolución fraudulenta a los expedientes de visita; igualmente no falsifiqué la firma de ningún magistrado contralor, menos sorprendí al magistrado superior Jefe de la Unidad, para que firmara las resoluciones de archivo

.

Asimismo, presentó como prueba de descargo el Informe Pericial Grafotécnico de Parte, de fecha doce de agosto de dos mil catorce, de fojas cuatrocientos cincuenta y nueve a cuatrocientos noventa y uno, mediante el cual la perito grafotécnico oficial de la Corte Superior de Justicia de Puno, concluye en lo siguiente:

  1. No es fiable.

    ii) Es inconsistente, pues no se analiza las muestras de comparación.

    iii) Es contradictoria con la pericia oficial elaborada por la perito Malena Mellado Pérez; y,

    iv) No demuestra que las rúbricas y firmas cuestionadas no provengan del puño gráfico de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR