DECRETO DE ALCALDIA, Nº 003-2021, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS - Modifican el D.A. Nº 017-2017-MDLO, que aprobó el Reglamento de la Ordenanza que regula el comercio en los espacios públicos del distrito de Los Olivos-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 003-2021

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2021

Modifican el D.A. Nº 017-2017-MDLO, que aprobó el Reglamento de la Ordenanza que regula el comercio en los espacios públicos del distrito de Los Olivos

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 003-2021

Los Olivos, 3 de marzo de 2021

VISTOS: El Informe N° 002-2021-GDE-MDLO de la Gerencia de Desarrollo Económico, Informe N° 17-2021-MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído N° 73-2021 GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194°, establece que los gobiernos locales son entidades, básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades;

Que, el artículo 42° de la Ley 27972 estipula que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas y el artículo 36° establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial local con criterio de justicia social. Así, el artículo 79° señala que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales: normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar su fiscalización. El numeral 3.6.3. dice; “Ubicación de avisos publicitarios y propaganda política” y el numeral 3.6.4.: “Apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación (…)”;

Que, el T.U.0, de la Ley N° 27444, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala en su artículo 40° numeral 40.1 que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo en el caso de los gobiernos locales por Ordenanza Municipal y el numeral 40.5 acota que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos pueden aprobarse por Decreto de Alcaldía en el caso de los Gobiernos Locales;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y con Decreto de Urgencia N° 026-2020 se establecen diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional.

Que, el Decreto Supremo N° 184-2020-PCM establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, disponiéndose continuar con las medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional decretado desde el 15 de marzo del 2020, así como para reforzar el Sistema de Salud en todo el territorio nacional, entre otras medidas necesarias para proteger eficientemente la vida y la...

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