DECRETO DE ALCALDIA, Nº 002-2021-MDCLR, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO - Aprueban implementación de la Plataforma Virtual del Matrimonio Civil Municipal en la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua Reynoso-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 002-2021-MDCLR

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición25 de Febrero de 2021

Aprueban implementación de la Plataforma Virtual del Matrimonio Civil Municipal en la Municipalidad Distrital Carmen de La Legua Reynoso

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 002-2021-MDCLR

Carmen de la Legua Reynoso, 25 de febrero del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO;

VISTO:

El Informe N° 29-2021-SGRC/SG/MDCLR de fecha 03 de febrero del 2021, emitido por la Sub Gerencia de Registros Civiles, Informe 019-2021-SG/MDCLR de fecha 08 de febrero del 2021, emitido por la Secretaría General, Informe N° 49-2021-GAJ/MDCLR de fecha 16 de febrero del 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe N°033-2021-SGTI-GAF/MDCLR de fecha 22 de febrero del 2021, emitido por la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, sobre “APROBACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PLATAFORMA VIRTUAL DEL MATRIMONIO CIVIL MUNICIPAL EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO”, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972, en tal virtud, están facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad y planificar el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos;

Asimismo, en el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey N° 27972, señala que “los gobiernos locales están sujetas a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 013-2019-MDCLR se aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF, el cual en su artículo 30° establece que la Sub Gerencia de Registro Civiles es el órgano de apoyo encargado de llevar el control y mantenimiento de los registros civiles, es el órgano responsable entre otros de programar, coordinar y controlar las actividades de los registros de...

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